(Una bicicleta blanca por Alex y por todos los que pierden su vida en una bicicleta)
Alex cumple 18 años, mayoría de edad, pero el próximo día 20 no podrá ejercer su derecho al voto. Nunca. No sabremos a qué partido le daría su confianza, aunque, lo más probable es que pasase dado como está el panorama, pero cualquier cosa que hiciera sería buena, sobre todo porque eso significaría que estaba vivo.
¡Lástima! Alex se marcho siendo niño, con su bicicleta, y hoy ya tiene 18 años.
Dentro de poco, si los político lo quieren, los niños víctimas de accidentes de tráfico, y según la propuesta de la fiscalía, serán tratado de forma distinta a los adultos, porque los niños no tienen la misma noción de peligro que un adulto, y, esperemos, que casos como los de Enaitz, Juan Ramón y otros muchos, no se vuelvan a repetir.
Alex también fue un niño, que actuó como niño, y como tal, sus padres tuvieron la suerte de que no les reclamaran daños. Vaya suerte.
Felicidades Alex.
Elena, sé que no hay nada que te consuele. Sé que eres de las rebeldes, de las que no se conforman a pensar que su hijo esté en un lugar mejor porque, para ti, no hay lugar mejor para Alex que a tu lado. Es lo natural, lo que pensamos todas. Entonces, no tengo palabras de consuelo, solo de solidaridad. De amistad. Y un poema escrito especialmente para Alex, por Julia Zapata. Gracias, Julia.
Eras tan solo un niño,
mi niño lindo del alma
tu inmejorable sonrisa
a todos nos regalabas.
Eras tan solo un niño
un corazón de esperanza
con tus trece años cumplidos
huérfanos ya nos dejabas.
Ya pasaron cinco años
desde tan cruel desgracia,
serías un muchacho noble
de sentimientos y causas
Dieciocho años cumplirías
la mayoría de edad
por eso hoy vida mía
te quiero felicitar.
Decirte no me abandones
cerca de mí siempre estés,
aunque hay pocas ilusiones
mi sueño es volverte a ver.
Para Alex. Julia Zapata Rodrigo
Un fuerte abrazo, amiga.
Flor Zapata Ruiz, madre de Helena.
Normativa Vigente: El conductor de vehículo a motor es responsable, en virtud del riesgo creado por la conducción de estos, de los daños causados a las personas o en los bienes, con motivo de la circulación. En el caso de daños a las personas, de esta responsabilidad solo quedará exonerado cuando se pruebe que los daños fueron debidos únicamente a la conducta o negligencia del perjudicado o a fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo (… )